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De conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente, INTALNET TELECOMUNICACIONES, informa al usuario que las PQRS presentados, serán atendidos y resueltos mediante una respuesta clara, completa y de fondo dentro de un término máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de su radicación. Si su PQR no es atendida en la fecha indicada, se entenderá que ha sido resuelta a su favor. (Esto se llama Silencio Administrativo Positivo). RECURSOS. Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la decisión y cuando INTALNET TELECOMUNICACIONES NO resuelva a su favor la petición o queja, en relación con actos de negativa del contrato, suspensión del servicio, terminación del contrato, corte y facturación, Ud, tendrá derecho a solicitar que se reconsidere la decisión tomada, a través de la presentación de recursos en cualquiera de los canales de atención, teniendo la opción de presentar RECURSO DE REPOSICIÓN bajo el cual solicita a INTALNET TELECOMUNICACIONES, que revise nuevamente la decisión o RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO APELACION para que INTALNET TELECOMUNICACIONES revise la decisión y si no se accede a lo solicitado remita el expediente a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para que esta entidad revise y adopte una decisión final y definitiva. Para estos efectos, INTALNET TELECOMUNICACIONES, tiene habilitados los siguientes canales de atención: Teléfono de Atención al Cliente 3148042601, correo electrónico pqr@intalnet.com, y la página web https://intalnettelecomunicaciones.com/, a través de los cuales el usuario podrá radicar sus solicitudes y hacer seguimiento a las mismas.
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